LE DA LA BIENVENIDA ESTIMADO SOLICITANTE
La Junta Directiva del Club Caza, Tiro y Pesca por este medio, hace de su conocimiento que para ser parte y gozar de los beneficios que nuestra identidad le brinda, debe cumplir con las siguientes normas y requisitos:
1. Pagar la cuota de ingreso, la cuota de mantenimiento mensual y las cuotas extraordinarias que se fijaren, inmediatamente a la aprobación de su solicitud de ingreso por el Comité de Admisión y la Junta Directiva.
2. Resguardar el Prestigio de nuestra entidad con educación y moral deportiva.
3. Proteger y salvaguardar los equipos y las instalaciones de las Áreas de tiro asignadas para cada modalidad.
4. Cumplir las Comisiones que le sean encomendadas, y que estén relacionadas con nuestras actividades deportivas.
5. Conocer el reglamento de uso de polígonos haciendo énfasis en las Normas de Seguridad y de uso de las Áreas de Tiro,
6. Guardar respeto y consideración a los mienbros de la Junta Directiva, y a los empleados tanto administrativos como de campo.
7. Conocer los estatutos del Club de Caza, Tiro y Pesca y velar por su cumplimieno.
8. En las Áreas de Tiro asignadas por la entidad, utilizar únicamente armas que estèn clasificadas como: Deportivas o defensivas, según lo establecido en la Ley de Armas y Municiones, y que estén registradas en el DECAM.
- Presentar solicitud de ingreso apadrinada por dos socios accionistas solventes.
- Adjuntar certificación de carencia de antecedentes penales
- Fotocopia de Cédula de Vecindad
- 2 fotografías recientes
- Pago Inicial Q 3,OOO.00
- Cuota Mensual Q 4OO.00
NOTAS IMPORTANTES
1. PARA DARLE TRAMITE A LA SOLICITUD, SE DEBERÁ ADJUNTAR UNA CERTIFICACIÓN DE CARENCIA DE ANTECEDENTES PENALES (NO MÁS DE 6 MESES DE VIGENCIA), Y DOS FOTOGRAFÍAS RECIENTES TAMAÑO CÉDULA.
2. EL SOLICITANTE AUTORIZA QUE LOS DATOS DE LA PRESENTE SOLICITUD SEAN VERIFICADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ENTIDAD; CUALQUIER INEXACTITUD PODRÁ SER CAUSA DE RECHAZO DE LA MISMA.
3. LOS PADRINOS SE HACEN SOLIDARIA Y MANCOMUNADAMENTE RESPONSABLES POR UN AÑO, A PARTIR DE LA FECHA DE ACEPTACIÓN DEL SOLICITANTE, DE LAS ACCIONES DEL NUEVO ASOCIADO, EN LO QUE RESPECTA A DAÑOS DE LAS INSTALACIONES.
4. LOS PADRINOS TENDRAN QUE TENER COMO MÍNIMO, UN AÑO DE SER SOCIOS ACCIONISTAS, Y ESTAR SOLVENTES EN SUS CUOTAS.


